BASES REGULADORAS DEL DISTINTIVO DE ESTABLECIMIENTOS EMBLEMÁTICOS DE LA PROVINCIA DE SEVILLA
El pasado 3 de junio se publicó la convocatoria de la distinción a los establecimientos emblemáticos de Sevilla. El plazo para solicitar este distintivo comenzó el 4 de junio y terminará el próximo 16 de julio.
El objeto de este Distintivo tiene como finalidad el reconocimiento por parte de la Cámara de Comercio de Sevilla, en colaboración con el Ayuntamiento de Sevilla, así como con otros organismos públicos y privados, de aquellos establecimientos comerciales y de servicios que, por su singularidad y trayectoria histórica, forman parte de la esencia e identidad local del sector comercial y de los servicios en Sevilla.
La acreditación de dicho Distintivo tendrá como resultado la obtención de una enseña identificativa, así como la difusión y promoción de la misma por parte de la Cámara de Comercio de Sevilla con el correspondiente reconocimiento a nivel provincial y autonómico que ello supone, así como la colaboración con los Organismos Públicos tanto locales como Autonómicos en el apoyo y fomento de este tipo de establecimientos
Definición de “establecimiento emblemático ”.
Tendrán la consideración de “Establecimiento Emblemático” aquellos establecimientos comerciales que destacan no sólo por el valor patrimonial de su arquitectura o decoración, sino también por su conexión con la historia y cultura local de su ciudad, siendo referentes e iconos para muchas generaciones de residentes y visitantes, y por tanto un elemento más de diferenciación y singularidad propia.
Destinatarios
Podrán acogerse a dicho distintivo, todos aquellos establecimientos que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener Domicilio Social y Fiscal en Sevilla
- Contar más de 40 años de antigüedad.
- Englobarse dentro de algunos de las agrupaciones de IAE, correspondiente a la División 6 del Impuesto de Actividades Económicas (División 6: Comercio, Restaurantes y Hospedaje, Reparaciones
Proceso de Obtención del distintivo
Los interesados en la obtención de dicho distintivo deberán desarrollar una Memoria de Solicitud, que incluirá la Solicitud de Adhesión (ANEXO I), la cumplimentación de una Ficha de Autoevaluación (ANEXO II) así como la incorporación de todos aquellos documentos que verifiquen el cumplimiento de los diferentes parámetros establecidos en los siguientes ámbitos de evaluación:
– Cumplimiento Normativo
– Singularidad
– Atención al Cliente y Personal
– Instalaciones y Productos
– Política Comercial
– Gestión Innovación y Nuevas Tecnologías
El modo de valoración de las Memorias de Solicitud presentadas por los candidatos a la obtención del distintivo se establecerá en cada convocatoria anual, y contemplará unos requisitos obligatorios de acceso y un mínimo de requisitos recomendables a cumplir y justificar entre los diferentes ámbitos de evaluación (Anexo IV). Se reserva la Cámara de Comercio la decisión final de otorgamiento del distintivo, para velar por los objetivos y fines de dicho distintivo.
De cara a facilitar todo el proceso de elaboración de la memoria, se pone a disposición de los interesados una guía de cumplimentación y aportación de documentación para el proceso de obtención del distintivo (ANEXOIII).
Resto de información en la web de la Cámara. https://camaradesevilla.com/perfil-contratante/
Para consultas y dudas acerca de este proyecto, pueden contactar con la
Técnico Ana Llamas: 955 110921 610 14 0596 / 955 11 8 98 – Ext. 5010 ana.llamas@camaradesevilla.com